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jueves, 18 de agosto de 2016

PRESENTARON UN HABEAS CORPUS PARA EXIGIR QUE LIBEREN A BELÉN

(Cosecha Roja).-
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán ordenó liberar de inmediato a Belén, la joven condenada por un aborto espontáneo. En los medios y las redes sociales todos festejaron pero todavía ninguna autoridad firmó su salida del penal. “Si mañana no la liberan vamos a presentar un habeas corpus”, dijo a Cosecha Roja Soledad Deza, la abogada de Belén.
En la sentencia, el tribunal anuló la prórroga y determinó que la Cámara no tenía competencia para haber prorrogado la prisión preventiva. “Belén lleva 4 meses y 30 horas privada de su libertad”, dijo Deza.


Así lo explicó más temprano Deza en las redes: “Volvamos a hacer números con la Justicia: en cinco minutos acusaron a Belen sus medicxs y estuvo con custodia policial aprehendida. En cinco horas esa detención fue judicial. Lleva 24 horas su orden de “inmediata libertad” y sigue presa. Tiene por lo menos hasta mañana por burocracia judicial. Fácil entrar , difícil salir del sistema penal no?”. Una vez que Belén recupere la libertad, su abogada y el movimiento de mujeres exigirán la anulación de la condena.
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Belén pensaba que sólo era un dolor de panza: tenía antecedentes vesiculares y de peritonitis. No sabía del embarazo. La madrugada de ese 21 de marzo una serie de hechos desencadenó que los médicos del Hospital Avellaneda llamaran a la policía. Pidió ir al baño y cuando volvió un enfermero le acercó una cajita con un feto de ocho meses. Para las organizaciones que la apoyan no hay evidencia que sustente la condena impuesta por el Tribunal. “Ella tardó apenas cinco minutos en el baño y salió caminando. El caso está lleno de contradicciones, los horarios son imprecisos y aún falta la prueba de ADN entre el feto y Belén”, dijo Marta Alanis, miembro de Católicas por el Derecho a Decidir.
La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos insistió con que hubo una violación al principio de inocencia de Belén. “No sólo la encarcelaron de manera injusta. A pesar de que no se podía, el Estado usó la información de los médicos para perseguirla penalmente”, dijo María Elena Naddeo, integrante de la Asamblea.
El caso de Belén contradice el fallo “Natividad Frías” de 1966. Indica que el secreto profesional prevalece por sobre la obligación de denunciar delitos. También al fallo “Baldivieso” de 2010, donde se explicita que los datos que se obtienen en el marco de una relación médico paciente no pueden ser revelados y usados contra el paciente. Esa noche en el Hospital Avellaneda se violentaron la ley 17.132 que regula el ejercicio de la medicina, el Código de Ética Médica de la Asociación Médica Argentina y la ley 26.529 de Derechos del paciente.
Las organizaciones hablaron de un sistema patriarcal en los tribunales. Apenas salió la condena el diario La Nación tituló: “Condenan a una mujer por matar a su bebé y ella dice que fue un aborto espontáneo”. Compararon el caso de Belén con el de Romina Tejerina y con otros casos similares ocurridos en 2006 en Entre Ríos y Córdoba. Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto dijeron que ya no se puede juzgar sin perspectiva de género.