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jueves, 27 de julio de 2017

PERPETUA A EX JUECES POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD.

El Bolsón (APL).-

Condenaron a perpetua a 4 ex jueces federales por delitos de lesa humanidad


  • Jueces

Esta tarde se conoció el veredicto en el juicio a los jueces en Mendoza. Los ex jueces Otilio Romano, Rolando Carrizo, Luis Miret y Guillermo Petra, fueron condenados a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad en el marco de un genocidio. Además, hubo otras 8 perpetuas- 12 en total-, varias a penas intermedias y 5 acusados quedaron en libertad. Radio La Retaguardia realizó una transmisión especial donde se escucharon testimonios de referentes de organismos de derechos humanos. (Por La Retaguardia)

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Mendoza, integrado por los jueces Alejandro Waldo Piña, Juan Antonio González Macías y Raúl Alberto Fourcade, dio a conocer el veredicto que condenó a prisión perpetua a 4 ex jueces federales por “crímenes de lesa humanidad y por ello imprescriptibles cometidos en el contexto del delito internacional de genocidio”, según relató la secretaria que leyó el texto.

Fueron 12 condenas a prisión perpetua para: Rolando Evaristo Carrizo Elst, Luis Francisco Miret Clapés, Guillermo Max Petra Recabarren, Otilio Romano Ruiz –todos ellos ex jueces federales-, Alcides Paris Francisca Beccaria, Paulino Enrique Furió Etcheverri, Pablo José Gutierrez Araya, Amando Osvaldo Fernández Miranda, José Antonio Fuertes Fernández, Luis Alberto Rodríguez Vázquez, Miguel Ángel Tello Amaya y Carlos Horacio Tragant Garay.

Fueron condenados a 20 años: Rubén Darío González Camargo, Julio Héctor La Paz Calderón, Dardo Migno Pipaon –estos tres incluyen delitos de violación y abuso sexual- y Ramón Ángel Puebla.

A 18 años, Marcelo Rolando Moroy Suárez.

Por su parte recibiero 15 años, Mario Alfredo Laporta Chielli y Diego Fernando Morales Pastrán y 10 años, Ricardo Benjamín Miranda Genaro. Las penas más bajas fueron a 6 años, para Oscar Alberto Bianchi Bartell y Pedro Modesto Linares Pereyra. A 5 años, Armando Hipólito Guevara Manrique.

Por otro lado, varios acusados se volvieron para sus casas, en algunos casos porque fueron condenados a 3 años de prisión condicional, Antonio Indalecio Garro Rodríguez y José Antonio Lorenzo Constantino, o el caso de Héctor Rubén Camargo Granda, Miguel Ángel Ponce Carrera y Juan Carlos Ponce Ochoa fueron absueltos.

El juicio que condenó a ex jueces federales cómplices y partícipes del Terrorismo de Estado comenzó el 17 de febrero de 2014. Se trata de jueces que actuaron durante la dictadura militar, pero que también tuvieron una participación activa luego del retorno de la democracia para retrasar los juicios, demorarlos y garantizar así la impunidad a los genocidas.

APDH

MEDH

A pesar de las condenas condicionales y las absoluciones, la importancia de esta sentencia a 4 de los jueces federales que participaron de los crímenes de lesa humanidad y encubrieron a los genocidas es que se da en el marco de un contexto político que pretende la reconciliación con los represores y con una Corte Suprema que quiere imponer impunidad a través de la sanción del 2×1. “Es un mensaje de que podemos seguir luchando por la justicia y podemos seguir avanzando sobre la complicidad civil”, había dicho Salinas antes del veredicto. El de hoy fue un día histórico, porque los ex jueces fueron condenados. Lo que queda por delante hoy parece imposible: avanzar sobre la complicidad civil. De todos modos, imposible es una palabra que en el idioma de los sobrevivientes e integrantes de organismos de derechos humanos, parece no existir.

PEDIDO DE REGLAMENTACIÓN DE LEY SOBRE USO MEDICINAL DEL CANNABIS.

El Bolsón (APL).-
ANTE LA DESIDIA DEL PODER EJECUTIVO RESPECTO DE LA SALUD SOCIAL

Organizaciones de derechos humanos reclaman a Macri la urgente reglamentación de la Ley sobre Uso Medicinal del Cannabis


  • Cannabis


(APL) “La desidia redunda en una afectación, muchas veces irreversible, de los derechos a la salud y bienestar de la población que precisa acceder a la sustancia con fines médico-terapéuticos; entre ellos niños/as con graves patologías y dolencias pasibles de ser tratadas mediante el cannabis. Asimismo mantiene vigente la desprotección, clandestinidad y riesgo de criminalización de las personas usuarias que necesitan o eligen acceder a la sustancia en su estado natural, mediante la técnica de autocultivo personal, solidario o colectivo. En tal sentido, se hace imperiosa la reglamentación del Artículo 8º de la ley en cuestión, brindando criterios objetivos de autorización con el fin de garantizar la libertad y autodeterminación de las personas que hoy en día son pasibles de ser criminalizadas con penas absolutamente desproporcionadas”. Así lo afirman en su demanda al Poder Ejecutivo una diversidad de organizaciones de DDHH y sociales, cuyo comunicado completo publicamos más abajo




Organizaciones de derechos humanos reclaman al Poder Ejecutivo Nacional la urgente reglamentación de la Ley 27.350 sobre Uso Medicinal del Cannabis


Las organizaciones firmantes manifestamos preocupación por la demora del Poder Ejecutivo Nacional en reglamentar la ley Nº 27.350, sobre “Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados”.

PEN

Dicho plazo se ha vencido el día 17 de junio próximo pasado y al día de la fecha no se cuenta con información pública alguna respecto de los avances en la reglamentación, los motivos institucionales de la demora en su aprobación y/o los tiempos que ello demandará.

La desidia redunda en una afectación, muchas veces irreversible, de los derechos a la salud y bienestar de la población que precisa acceder a la sustancia con fines médico-terapéuticos; entre ellos niños/as con graves patologías y dolencias pasibles de ser tratadas mediante el cannabis.

Asimismo mantiene vigente la desprotección, clandestinidad y riesgo de criminalización de las personas usuarias que necesitan o eligen acceder a la sustancia en su estado natural, mediante la técnica de autocultivo personal, solidario o colectivo. En tal sentido, se hace imperiosa la reglamentación del Artículo 8º de la ley en cuestión, brindando criterios objetivos de autorización con el fin de garantizar la libertad y autodeterminación de las personas que hoy en día son pasibles de ser criminalizadas con penas absolutamente desproporcionadas.

El Estado debería ofrecer acompañamiento institucional a tales usuarios, otorgándoles la posibilidad de contar con el apoyo y asesoramiento de los organismos públicos pertinentes respecto de sus cultivos domésticos y brindarles asistencia en relación a los usos aconsejables de la sustancia, mediante la implementación de protocolos sanitarios y abordajes basados en la reducción de daños.

La demora en la puesta en vigencia de la reglamentación, favorece también al crecimiento sostenido de un mercado ilegal y oportunista de sustancias desprovistas de control institucional alguno en su calidad, componentes y trazabilidad. Tales sustancias generalmente son ofrecidas a personas sufrientes y desesperadas en obtener alguna vía de acceso al cannabis que alivie sus padecimientos, motivo de la ausencia de vías de acceso garantizadas por el Estado. La ausencia de regulación estatal, favorece a un incipiente negocio en manos de quienes lucran con el dolor y la desesperación de tales personas.

ANMAT

Por todo lo expuesto, instamos al Poder Ejecutivo Nacional a reglamentar de forma urgente la Ley Nº 27.350, haciendo parte a la sociedad civil en el proceso, contemplando sus demandas y lo exigido por el Congreso Nacional al respecto de plazos y contenidos que deberá contener la normativa complementaria para garantizar los derechos de las personas usuarias de cannabis con fines medicinales y terapéuticos.

24 de julio de 2017

Agencia para la Libertad – Periodismo de Intervención Social/ Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH)/ Asociación Civil de Familiares de Detenidos en Cárceles Federales (ACIFaD)/ Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)/ Asociación Pensamiento Penal (APP)/ Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC)/ Centro de Estudios Latinoamericanos sobre Inseguridad y Violencia (CELIV)/ Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)/ Enclaves Asociación Civil – Salud Mental y Derechos Humanos/ Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED)