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domingo, 26 de agosto de 2012

LADERAS: EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ANALIZA EL MANDAMUS.

El Bolsón (ADN).-Por segunda vez en dos meses y medio, la Justicia provincial analizó en forma pormenorizada el expediente vinculado con el estudio de impacto ambiental del proyecto centro de actividades de montaña en Cerro Perito Moreno-Grupo Laderas, presentado por las empresas Laderas del Paralelo 42 SA y Laderas del Perito Moreno SA. Las actuaciones fueron reflejadas en un dictamen de la Procuración General, el 8 de junio pasado, después que un integrante de la “Asamblea en defensa de la tierra y el agua” y vecino del paraje Mallín Ahogado de El Bolsón interpuso mandamus contra el ex Consejo Provincial de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA).
En esa presentación se consideró que “se han violado por omisión las disposiciones legales vigentes relativas a la audiencia pública previa a la evaluación del impacto ambiental, solicitando que se ordene la realización de la misma y en consecuencia se decrete la nulidad de la resolución 559/11 del CODEMA y todo lo resuelto en consecuencia por otro organismo provincial y/o municipal”.
En el dictamen del organismo judicial se sugirió al Superior Tribunal que encuadre la presentación en estudio como amparo colectivo enderezado a la custodia del medio ambiente y de finalidad preventiva y también se propuso –entre otras medidas- que se haga lugar a la medida cautelar de no innovar respecto del proyecto contenido en la resolución 559/2011 del CODEMA (actual Secretaria de Medio Ambiente), suspendiendo todo tramite administrativo que se lleve adelante ante cualquier organismo de la administración de la provincia de Río Negro, hasta tanto la presente acción se encuentre en condiciones de ser resuelta por el Superior Tribunal.
El jueves pasado, en otro dictamen, la Procuración General estimó necesario que el máximo Tribunal soliste nuevamente el informe y opinión del Gobernador respecto de esta temática planteada.
Destacó que “hasta tanto el titular del Poder Ejecutivo pueda informar convenientemente y en profundidad, reitero que debe el Superior Tribunal hacer lugar a la medida cautelar de no innovar respecto del proyecto contenido en la resolución 599/2011 del CODEMA, suspendiendo todo tramite administrativo que se lleve adelante ante cualquier organismo de Río Negro, hasta tanto la presente acción se encuentre en condiciones de ser resuelta”. (ADN)